Nosotros, el Claustro de la Universidad de León, representantes de nuestra comunidad universitaria, en el respeto a la Constitución y a las leyes que regulan nuestros derechos y deberes,
CONSIDERAMOS
Que es un reto para la Universidad de León acrecentar su prestigio ante la Sociedad.
Que libertad, igualdad, progreso, responsabilidad y transparencia son principios sobre los que construir el futuro e indispensables para la creación y difusión de la cultura y de la ciencia. Conseguir que actúen armónicamente es una responsabilidad de todos los sectores de la comunidad universitaria.
Que el conocimiento será nuestra mejor guía y la mayor riqueza que se puede crear, mantener y transmitir.
Que los estudiantes son el mejor patrimonio y la razón de existir de la Universidad. De su desarrollo integral y de su éxito profesional dependerá, en gran medida, el sello de calidad que se consiga. En su formación se deberá buscar ese difícil equilibrio entre multidisciplinariedad y capacidad de especialización.
Que es necesario responder a los retos planteados por el desarrollo de la sociedad del conocimiento cuyas innovaciones afectarán con tal intensidad al núcleo de nuestra actividad que adelantarse sería ideal y estar preparados resultará imprescindible.
Y POR TODO ELLO ACORDAMOS ADOPTAR COMO NORMA BÁSICA PROPIA EL SIGUIENTE
- Título preliminar. Principios y objetivos fundamentales
- Título primero. De la estructura de la Universidad
- Título segundo. De los órganos de la Universidad
- Título tercero. La Docencia
- Título cuarto. La investigación
- Título quinto. La Comunidad Universitaria
- Título sexto. Régimen económico y financiero de la Universidad
- Título séptimo. Símbolos, honores y ceremonias
- Título octavo. Reforma del Estatuto
- Disposiciones adicionales
- Disposiciones transitorias
- Disposición derogatoria
- Disposición final
Actualizaciones del Estatuto de la Universidad de León:
- Actualización del artículo 88.1 del Estatuto de la Universidad de León
- Actualización de los artículos 45, 68, 69, 74, 79.2a, 85, 92, 97, 103, 108 y 119 del Estatuto de la Universidad de León.